La Consejería de Fomento y Vivienda ha sancionado con 5,82 millones de euros al Banco Popular y con 120.000 al Banco Sabadell por incumplimiento de la función social de sus viviendas en Andalucía. Ambas entidades han incumplido la obligación legal de ofrecer sus viviendas protegidas a los registros municipales de demandantes.
Esta obligación fue establecida por el artículo 20.m de la Ley de Vivienda Protegida, que fue introducido en su actual redacción por la Ley de Función Social de la Vivienda. En el caso del Popular, el número de viviendas sin ofrecer a los registros que ha acreditado la Consejería es 97; en el caso del Sabadell, dos. La sanción es de 60.000 euros por vivienda, al constituir cada omisión del deber de cederla al registro una infracción muy grave de la Ley de Vivienda Protegida.
En total, se trata de 99 VPO que no han sido ofrecidas a los registros municipales, que establecen los mecanismos de selección para la adjudicación de inmuebles de protección pública y señalan los requisitos socioeconómicos para el acceso a los mismos bajo principios de igualdad, publicidad y concurrencia.
“Una vivienda protegida se ha construido con dinero público y debe tener siempre como destinataria una familia que la necesite y cumpla los requisitos. Las VPO no pueden servir a fines especulativos”, ha afirmado Elena Cortés, consejera de Fomento y Vivienda. “La protección y garantía del derecho a la vivienda es nuestra principal prioridad”, ha afirmado Cortés.
La resolución firmada por la secretaria general de Vivienda, Amanda Meyer, cierra así con dos sanciones de un total de 5,94 millones de euros sendos expedientes abiertos por la Consejería el pasado mes de febrero.
El departamento que dirige Elena Cortés mantiene abiertos además expedientes sancionadores a otras seis entidades financieras, por un total 5,1millones de euros: BBVA (1,62 millones de euros por 27 viviendas protegidas supuestamente no ofrecidas a los registros correspondientes), Building Center (1,56 millones de euros por 26 viviendas), Unión de Créditos Inmobiliarios (780.000 euros por 13 viviendas), Banco Santander (660.000 euros por once viviendas), Servihabitat (360.000 euros por 6 viviendas) y Anida Operaciones Singulares (120.000 euros por dos viviendas). Estos expedientes se encuentran en fase de evaluación de las alegaciones previa a la emisión de la resolución.
Sareb
El departamento que dirige Elena Cortés ya ha sancionado con 120.000 euros a la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb), el conocido como 'banco malo', por obstruir las medidas de la Administración para garantizar la función social de sus viviendas protegidas. Y mantiene abierto otro procedimiento contra la Sareb por 11,7 millones de euros por incumplimiento del artículo 20m, al supuestamente no haber puesto 98 viviendas a disposición de los registros municipales de demandantes.
La Ley de Medidas para Asegurar la Función Social de la Vivienda no fue impugnada por el Gobierno central en su totalidad, sino sólo algunos preceptos, como la potestad de sancionar a entidades financieras por mantener viviendas vacías durante más de seis meses o la de expropiar temporalmente el uso de viviendas para evitar desahucios de familias en riesgo de exclusión social. Los artículos que permiten vigilar y sancionar los incumplimientos de las obligaciones de la función social de las viviendas protegidas continúan plenamente vigentes.
Esta obligación fue establecida por el artículo 20.m de la Ley de Vivienda Protegida, que fue introducido en su actual redacción por la Ley de Función Social de la Vivienda. En el caso del Popular, el número de viviendas sin ofrecer a los registros que ha acreditado la Consejería es 97; en el caso del Sabadell, dos. La sanción es de 60.000 euros por vivienda, al constituir cada omisión del deber de cederla al registro una infracción muy grave de la Ley de Vivienda Protegida.
En total, se trata de 99 VPO que no han sido ofrecidas a los registros municipales, que establecen los mecanismos de selección para la adjudicación de inmuebles de protección pública y señalan los requisitos socioeconómicos para el acceso a los mismos bajo principios de igualdad, publicidad y concurrencia.
“Una vivienda protegida se ha construido con dinero público y debe tener siempre como destinataria una familia que la necesite y cumpla los requisitos. Las VPO no pueden servir a fines especulativos”, ha afirmado Elena Cortés, consejera de Fomento y Vivienda. “La protección y garantía del derecho a la vivienda es nuestra principal prioridad”, ha afirmado Cortés.
La resolución firmada por la secretaria general de Vivienda, Amanda Meyer, cierra así con dos sanciones de un total de 5,94 millones de euros sendos expedientes abiertos por la Consejería el pasado mes de febrero.
El departamento que dirige Elena Cortés mantiene abiertos además expedientes sancionadores a otras seis entidades financieras, por un total 5,1millones de euros: BBVA (1,62 millones de euros por 27 viviendas protegidas supuestamente no ofrecidas a los registros correspondientes), Building Center (1,56 millones de euros por 26 viviendas), Unión de Créditos Inmobiliarios (780.000 euros por 13 viviendas), Banco Santander (660.000 euros por once viviendas), Servihabitat (360.000 euros por 6 viviendas) y Anida Operaciones Singulares (120.000 euros por dos viviendas). Estos expedientes se encuentran en fase de evaluación de las alegaciones previa a la emisión de la resolución.
Sareb
El departamento que dirige Elena Cortés ya ha sancionado con 120.000 euros a la Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (Sareb), el conocido como 'banco malo', por obstruir las medidas de la Administración para garantizar la función social de sus viviendas protegidas. Y mantiene abierto otro procedimiento contra la Sareb por 11,7 millones de euros por incumplimiento del artículo 20m, al supuestamente no haber puesto 98 viviendas a disposición de los registros municipales de demandantes.
La Ley de Medidas para Asegurar la Función Social de la Vivienda no fue impugnada por el Gobierno central en su totalidad, sino sólo algunos preceptos, como la potestad de sancionar a entidades financieras por mantener viviendas vacías durante más de seis meses o la de expropiar temporalmente el uso de viviendas para evitar desahucios de familias en riesgo de exclusión social. Los artículos que permiten vigilar y sancionar los incumplimientos de las obligaciones de la función social de las viviendas protegidas continúan plenamente vigentes.
REDACCIÓN / ANDALUCÍA DIGITAL
FOTOGRAFÍA: JOSÉ ANTONIO AGUILAR
FOTOGRAFÍA: JOSÉ ANTONIO AGUILAR