El consejo de administración de Emproacsa-Aguas de Córdoba ha aprobado la creación de un fondo dotado con 226.000 euros, procedente de la subida de tarifas del 1% para el presente ejercicio, con el fin de evitar el corte de agua a personas o familias que no pueden hacer frente al pago de las facturas debido a una incapacidad económica crónica o sobrevenida.
Para una distribución homogénea del fondo por municipio, se ha tenido en cuenta el número de suministros domésticos en diciembre de 2015. Así, las poblaciones con menos de 1.000 suministros contarán con un fondo social de 2.600 euros y está cantidad irá incrementándose según se eleve el número de suministros hasta alcanzar un máximo de 12.000 euros para municipios de más de 5.000.
El procedimiento de concesión del Fondo Social se iniciará una vez sea confeccionado el Padrón Provisional con las liquidaciones vencidas pendientes de abono, que se comunicará al IPBS (Instituto Provincial de Bienestar Social) para cotejo de sus bases de datos.
Se remitirá a los usuarios con deuda pendiente la comunicación de la misma, incluyendo el procedimiento de solicitud de compensación mediante la aplicación del Fondo Social. Las solicitudes serán formalizadas por los interesados ante la oficina de Gestión de Usuarios de Emproacsa de su localidad, aportando la documentación necesaria.
Esta documentación recibida se someterá al criterio del IPBS, que emitirá el informe correspondiente para los casos en los que concurran los requisitos que a su juicio pueden calificarse como situación de exclusión y/o emergencia social.
Recibidos los informes positivos del IPBS, el Departamento de Gestión de Usuarios procederá internamente a dar de baja las deudas con cargo a la partida del Fondo Social y remitirá a cada ayuntamiento la relación de compensaciones realizadas.
El presidente de Emproacsa, Salvador Blanco, ha destacado que “no existe una legislación o normativa legal específica que proteja al derecho al agua para las personas sin recursos; no obstante, a través de las ordenanzas siempre hemos tratado de garantizar a los colectivos más desfavorecidos este derecho con bonificaciones en las tarifas”.
Pese a estas medidas, ha continuado Blanco, “la situación económica actual de crisis está dando lugar a que muchas familias tengan dificultad para afrontar sus deudas. La consecuencia son impagos de las facturaciones y, por tanto, el corte del suministro, tal y como regula el Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua”.
“Es por ello que este Fondo Social se hace necesario para garantizar que no se suspenderá el servicio por impago a personas o familias en situaciones de exclusión y/o emergencia social”, ha concluido.
Para una distribución homogénea del fondo por municipio, se ha tenido en cuenta el número de suministros domésticos en diciembre de 2015. Así, las poblaciones con menos de 1.000 suministros contarán con un fondo social de 2.600 euros y está cantidad irá incrementándose según se eleve el número de suministros hasta alcanzar un máximo de 12.000 euros para municipios de más de 5.000.
El procedimiento de concesión del Fondo Social se iniciará una vez sea confeccionado el Padrón Provisional con las liquidaciones vencidas pendientes de abono, que se comunicará al IPBS (Instituto Provincial de Bienestar Social) para cotejo de sus bases de datos.
Se remitirá a los usuarios con deuda pendiente la comunicación de la misma, incluyendo el procedimiento de solicitud de compensación mediante la aplicación del Fondo Social. Las solicitudes serán formalizadas por los interesados ante la oficina de Gestión de Usuarios de Emproacsa de su localidad, aportando la documentación necesaria.
Esta documentación recibida se someterá al criterio del IPBS, que emitirá el informe correspondiente para los casos en los que concurran los requisitos que a su juicio pueden calificarse como situación de exclusión y/o emergencia social.
Recibidos los informes positivos del IPBS, el Departamento de Gestión de Usuarios procederá internamente a dar de baja las deudas con cargo a la partida del Fondo Social y remitirá a cada ayuntamiento la relación de compensaciones realizadas.
El presidente de Emproacsa, Salvador Blanco, ha destacado que “no existe una legislación o normativa legal específica que proteja al derecho al agua para las personas sin recursos; no obstante, a través de las ordenanzas siempre hemos tratado de garantizar a los colectivos más desfavorecidos este derecho con bonificaciones en las tarifas”.
Pese a estas medidas, ha continuado Blanco, “la situación económica actual de crisis está dando lugar a que muchas familias tengan dificultad para afrontar sus deudas. La consecuencia son impagos de las facturaciones y, por tanto, el corte del suministro, tal y como regula el Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua”.
“Es por ello que este Fondo Social se hace necesario para garantizar que no se suspenderá el servicio por impago a personas o familias en situaciones de exclusión y/o emergencia social”, ha concluido.
REDACCIÓN / ANDALUCÍA DIGITAL