Andalucía ya cuenta con un proyecto de Ley para la protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias en la contratación de préstamos y créditos hipotecarios sobre la vivienda, tras la aprobación de dicha medida de forma unánime por el Parlamento andaluz. Tras la aprobación de dicho proyecto esta semana, el consejero de Salud, Aquilino Alonso, expresó en nombre del Gobierno andaluz el agradecimiento a todos los grupos parlamentarios por el trabajo desarrollado y por sus aportaciones en los distintos debates celebrados para la aprobación de una norma que "da garantías para los ciudadanos, consolida derechos y aporta elementos de protección de la ciudadanía en los aspectos que regula".
La norma, que inició su tramitación parlamentaria tras superar el debate a la totalidad en el Parlamento de Andalucía el pasado 7 de octubre, tiene como principales objetivos proporcionar información y herramientas a los usuarios para tratar de acabar con los abusos en estas operaciones financieras y asegurar que la ciudadanía conozca en todo momento los derechos que le corresponden, ante qué productos se encuentra y cómo y dónde puede hacer valer las garantías que ofrece la Administración andaluza.
El objeto de la ley, según el artículo 1, es garantizar la protección de los consumidores regulando la transparencia y el acceso a la información que se les debe facilitar en la suscripción de préstamos o créditos hipotecarios sobre una vivienda.
Aquilino Alonso señaló que se trata de "un proyecto en el que se recogen diversas medidas que avalan la transparencia en la que se han de desenvolver las relaciones entre las entidades y los usuarios, para que de esta manera, desde antes, y en el momento de la firma de las obligaciones contraídas por ambas partes, se informe al prestatario de los términos concretos aplicables en la vida del préstamo", afirmó el consejero.
Contenido de la futura ley
El proyecto de ley aprobado por unanimidad establece, entre otras cuestiones, la creación de una sección específica en la Junta Arbitral de Consumo de Andalucía, con la denominación de Tribunal Arbitral Andaluz para Ejecuciones Hipotecarias y Desahucios.
Además, por parte de la Administración andaluza, mediante la creación de órganos sectoriales de mediación, se impulsará la mediación extraprocesal previa o simultánea con cualquier procedimiento de ejecución judicial o notarial, a fin de lograr soluciones consensuadas para que las personas afectadas puedan mantener la propiedad de la vivienda y, subsidiariamente, la posibilidad de su uso.
"Esta ley se encuadra en la línea estratégica que se ha marcado el Gobierno andaluz en esta legislatura de consolidar derechos ciudadanos y preservar las garantías de los mismos frente a toda tentación de retroceso que pudiera suponer una merma en los niveles de protección ciudadana", aseguró Aquilino Alonso.
En la nueva norma se prevé que la Junta de Andalucía promueva que las empresas prestamistas que otorguen préstamos hipotecarios para la adquisición de vivienda incluyan en las condiciones generales o específicas de contratación la adhesión al Sistema Arbitral de Consumo, pudiendo tener las personas consumidoras información sobre las empresas adheridas al mismo.
En la misma línea de reforzar la defensa de los intereses de las personas consumidoras y usuarias, el proyecto de ley incorpora la creación del sistema andaluz de información y asesoramiento integral en materia de desahucios, tanto en los casos de ejecución hipotecaria como en los de impago de las rentas de alquiler.
El sistema prestará atención singularizada y prioritaria a colectivos en situación de emergencia social y económica, como las víctimas de violencia de género, las personas con dificultades por motivos de exclusión social y las que no pueden afrontar los pagos de las cuotas hipotecarias y de los contratos de arrendamiento por causas sobrevenidas.
Además, establece medidas frente a las cláusulas abusivas partiendo del respeto a la legislación estatal en la materia; impone nuevos deberes a las empresas prestamistas; garantiza derechos en materia de información y transparencia para las personas prestatarias; incrementa la transparencia de las comunicaciones comerciales y la publicidad, y establece que se promoverá la elaboración del modelo 'Contrato de Préstamo Hipotecario de Confianza' con la participación de la Junta y de las asociaciones de consumidores, entre otras.
La futura ley ampliará la información previa al contrato y la personalizada, a través de dos nuevos documentos adicionales a los exigidos por la normativa estatal: el de Información Precontractual Complementaria y el de Información Personalizada Complementaria, que, entre otros contenidos, recogerá una tabla de oscilaciones de los tipos de interés. Los datos de relevancia precontractual deberán estar disponibles para el consumidor en la web o en las oficinas de la entidad financiera, sin que sea preciso solicitarlos.
Igualmente novedoso es el reconocimiento de la persona avalista como sujeto protegido, lo que supone que tendrá acceso a la misma información que quien suscribe el préstamo hipotecario, además de recibir notificación de cualquier cambio que se produzca una vez cerrada la operación.
La norma también fija la obligación de realizar una evaluación de la solvencia tanto del avalista como del consumidor contratante, así como de informarles del resultado por escrito y en un plazo de cinco días hábiles. La persona interesada podrá solicitar que se revise la evaluación en caso de que detecte algún error o se le haya denegado el préstamo.
Por último, el proyecto modifica y endurece el actual régimen sancionador recogido en la Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía. La norma introduce nuevas sanciones e incrementa las cuantías vigentes, especialmente las correspondientes a las infracciones muy graves, que podrán alcanzar hasta el millón de euros y diez veces el valor de los beneficios ilícitos obtenidos o de los perjuicios causados por la infracción.
La norma, que inició su tramitación parlamentaria tras superar el debate a la totalidad en el Parlamento de Andalucía el pasado 7 de octubre, tiene como principales objetivos proporcionar información y herramientas a los usuarios para tratar de acabar con los abusos en estas operaciones financieras y asegurar que la ciudadanía conozca en todo momento los derechos que le corresponden, ante qué productos se encuentra y cómo y dónde puede hacer valer las garantías que ofrece la Administración andaluza.
El objeto de la ley, según el artículo 1, es garantizar la protección de los consumidores regulando la transparencia y el acceso a la información que se les debe facilitar en la suscripción de préstamos o créditos hipotecarios sobre una vivienda.
Aquilino Alonso señaló que se trata de "un proyecto en el que se recogen diversas medidas que avalan la transparencia en la que se han de desenvolver las relaciones entre las entidades y los usuarios, para que de esta manera, desde antes, y en el momento de la firma de las obligaciones contraídas por ambas partes, se informe al prestatario de los términos concretos aplicables en la vida del préstamo", afirmó el consejero.
Contenido de la futura ley
El proyecto de ley aprobado por unanimidad establece, entre otras cuestiones, la creación de una sección específica en la Junta Arbitral de Consumo de Andalucía, con la denominación de Tribunal Arbitral Andaluz para Ejecuciones Hipotecarias y Desahucios.
Además, por parte de la Administración andaluza, mediante la creación de órganos sectoriales de mediación, se impulsará la mediación extraprocesal previa o simultánea con cualquier procedimiento de ejecución judicial o notarial, a fin de lograr soluciones consensuadas para que las personas afectadas puedan mantener la propiedad de la vivienda y, subsidiariamente, la posibilidad de su uso.
"Esta ley se encuadra en la línea estratégica que se ha marcado el Gobierno andaluz en esta legislatura de consolidar derechos ciudadanos y preservar las garantías de los mismos frente a toda tentación de retroceso que pudiera suponer una merma en los niveles de protección ciudadana", aseguró Aquilino Alonso.
En la nueva norma se prevé que la Junta de Andalucía promueva que las empresas prestamistas que otorguen préstamos hipotecarios para la adquisición de vivienda incluyan en las condiciones generales o específicas de contratación la adhesión al Sistema Arbitral de Consumo, pudiendo tener las personas consumidoras información sobre las empresas adheridas al mismo.
En la misma línea de reforzar la defensa de los intereses de las personas consumidoras y usuarias, el proyecto de ley incorpora la creación del sistema andaluz de información y asesoramiento integral en materia de desahucios, tanto en los casos de ejecución hipotecaria como en los de impago de las rentas de alquiler.
El sistema prestará atención singularizada y prioritaria a colectivos en situación de emergencia social y económica, como las víctimas de violencia de género, las personas con dificultades por motivos de exclusión social y las que no pueden afrontar los pagos de las cuotas hipotecarias y de los contratos de arrendamiento por causas sobrevenidas.
Además, establece medidas frente a las cláusulas abusivas partiendo del respeto a la legislación estatal en la materia; impone nuevos deberes a las empresas prestamistas; garantiza derechos en materia de información y transparencia para las personas prestatarias; incrementa la transparencia de las comunicaciones comerciales y la publicidad, y establece que se promoverá la elaboración del modelo 'Contrato de Préstamo Hipotecario de Confianza' con la participación de la Junta y de las asociaciones de consumidores, entre otras.
La futura ley ampliará la información previa al contrato y la personalizada, a través de dos nuevos documentos adicionales a los exigidos por la normativa estatal: el de Información Precontractual Complementaria y el de Información Personalizada Complementaria, que, entre otros contenidos, recogerá una tabla de oscilaciones de los tipos de interés. Los datos de relevancia precontractual deberán estar disponibles para el consumidor en la web o en las oficinas de la entidad financiera, sin que sea preciso solicitarlos.
Igualmente novedoso es el reconocimiento de la persona avalista como sujeto protegido, lo que supone que tendrá acceso a la misma información que quien suscribe el préstamo hipotecario, además de recibir notificación de cualquier cambio que se produzca una vez cerrada la operación.
La norma también fija la obligación de realizar una evaluación de la solvencia tanto del avalista como del consumidor contratante, así como de informarles del resultado por escrito y en un plazo de cinco días hábiles. La persona interesada podrá solicitar que se revise la evaluación en caso de que detecte algún error o se le haya denegado el préstamo.
Por último, el proyecto modifica y endurece el actual régimen sancionador recogido en la Ley de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía. La norma introduce nuevas sanciones e incrementa las cuantías vigentes, especialmente las correspondientes a las infracciones muy graves, que podrán alcanzar hasta el millón de euros y diez veces el valor de los beneficios ilícitos obtenidos o de los perjuicios causados por la infracción.
REDACCIÓN / ANDALUCÍA DIGITAL