El delegado de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, Manuel Carmona, junto al presidente de las Cooperativas Agroalimentarias de Córdoba, Rafael Sánchez, han participado en una jornada para abordar la adecuación de las secciones de crédito de las cooperativas al nuevo reglamento autonómico.
El objetivo de esta iniciativa es ofrecer a estas empresas de Economía Social, que se encuentran en estos momento en fase de adaptación de sus Estatutos a la nueva normativa, las directrices principales para regular sus Secciones de Crédito tomando las pertinentes medidas para cumplir lo establecido a nivel Legal y Reglamentario.
Manuel Carmona ha informado que la regulación de las Secciones de Crédito se inicia en septiembre de 2014 con el Decreto por el que se aprobaba el Reglamento de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas, “muy demandada por las cooperativas” y que suponía una adaptación de estas empresas a la nueva realidad socioeconómica y a la de la Administración Pública. Este nuevo reglamento, ha continuado, “persigue mantener el esfuerzo realizado en los últimos años para generar confianza, mejorar las expectativas de los socios, favorecer el desarrollo rural y consolidar el sector agrario”.
El responsable provincial ha explicado que entre las especiales novedades de dicho reglamento se encontraban las Secciones de Crédito, que se regulan de forma específica, “dando de esta forma reconocimiento legal a lo que ha venido siendo una práctica habitual, regulando los aspectos económicos y de control”.
Así mismo, ha destacado que la normativa andaluza constituye un paso adelante hacia la regulación y control de las secciones de crédito en Andalucía, apostando por su continuidad en un marco de control más efectivo pero sin limitar, como otras comunidades, pudiendo servir de ejemplo a otras administraciones que aún no han desarrollado su propia normativa. Según Carmona se trata de una regulación nueva que afecta al funcionamiento de unas secciones nunca reguladas “por eso la importancia de jornadas como esta” ha matizado.
El delegado de Economía ha hecho hincapié en el trabajo de la Junta en el desarrollo de esta norma, al atender “con solidez y de manera continuada” las reclamaciones de un sector que ha alcanzado un “fuerte protagonismo” en la sociedad y la economía cordobesa en las últimas décadas siendo un sector importante no sólo por su generación de empleo y riqueza, sino también, por la defensa de valores como la responsabilidad social, la solidaridad, la participación, la sostenibilidad y la igualdad. Por eso la economía social “ha sido y seguirá siendo un factor estratégico en la política económica del Gobierno andaluz” ha concluido.
Por su parte, Rafael Sánchez ha mostrado la necesidad que había de regular las secciones de crédito “porque el mayor enemigo para las cooperativas era no tener regulación”. El responsable de FAECA-Córdoba ha destacado que el nuevo reglamento consensuado y pactado entre las cooperativas y la administración está permitiendo mucha agilidad en las empresas en momentos de crisis “y ha ayudado mucho a conseguir financiación tanto para los socios como para la propia cooperativa”.
Finalmente, Sánchez ha indicado que esta nueva ley deja margen de maniobra evitando cargas burocráticas y siendo un mecanismo ágil. A su vez ha solicitado seguir actuando como asesores en este ámbito con la administración con el objetivo de seguir trabajando en pos del cooperativismo.
Secciones de créditos
De acuerdo con el reglamento, las secciones de crédito limitarán sus operaciones sólo a los socios y deberán contar obligatoriamente con directores o gerentes profesionales. La norma también flexibiliza las condiciones de las operaciones pasivas (los depósitos que realizan los socios), mientras que impone un mayor rigor a las activas (fundamentalmente, los préstamos que se conceden). Las entidades que cuenten con secciones de crédito deberán informar de su actividad a la Administración al menos dos veces al año, y no una como se establece con carácter general.
En el caso de las cooperativas de vivienda, la principal novedad, dirigida a evitar fenómenos especulativos, es la limitación a dos del número de viviendas a las que puede tener derecho un socio.
En consonancia con el objetivo de reforzar la competitividad, se incorpora la regulación del voto plural para las cooperativas de servicios, incluidas las agrarias. De acuerdo con esta fórmula, de carácter voluntario y limitado, cada cooperativista podrá tener hasta un máximo de siete votos en función de su contribución productiva, no del capital aportado.
La representación ponderada se establece por tramos definidos previamente. Con la introducción del voto plural se ajusta la relación entre el interés económico y la capacidad de decisión empresarial de las entidades. Su adopción se realiza por acuerdo de la asamblea general y tras su plasmación en los estatutos.
El objetivo de esta iniciativa es ofrecer a estas empresas de Economía Social, que se encuentran en estos momento en fase de adaptación de sus Estatutos a la nueva normativa, las directrices principales para regular sus Secciones de Crédito tomando las pertinentes medidas para cumplir lo establecido a nivel Legal y Reglamentario.
Manuel Carmona ha informado que la regulación de las Secciones de Crédito se inicia en septiembre de 2014 con el Decreto por el que se aprobaba el Reglamento de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas, “muy demandada por las cooperativas” y que suponía una adaptación de estas empresas a la nueva realidad socioeconómica y a la de la Administración Pública. Este nuevo reglamento, ha continuado, “persigue mantener el esfuerzo realizado en los últimos años para generar confianza, mejorar las expectativas de los socios, favorecer el desarrollo rural y consolidar el sector agrario”.
El responsable provincial ha explicado que entre las especiales novedades de dicho reglamento se encontraban las Secciones de Crédito, que se regulan de forma específica, “dando de esta forma reconocimiento legal a lo que ha venido siendo una práctica habitual, regulando los aspectos económicos y de control”.
Así mismo, ha destacado que la normativa andaluza constituye un paso adelante hacia la regulación y control de las secciones de crédito en Andalucía, apostando por su continuidad en un marco de control más efectivo pero sin limitar, como otras comunidades, pudiendo servir de ejemplo a otras administraciones que aún no han desarrollado su propia normativa. Según Carmona se trata de una regulación nueva que afecta al funcionamiento de unas secciones nunca reguladas “por eso la importancia de jornadas como esta” ha matizado.
El delegado de Economía ha hecho hincapié en el trabajo de la Junta en el desarrollo de esta norma, al atender “con solidez y de manera continuada” las reclamaciones de un sector que ha alcanzado un “fuerte protagonismo” en la sociedad y la economía cordobesa en las últimas décadas siendo un sector importante no sólo por su generación de empleo y riqueza, sino también, por la defensa de valores como la responsabilidad social, la solidaridad, la participación, la sostenibilidad y la igualdad. Por eso la economía social “ha sido y seguirá siendo un factor estratégico en la política económica del Gobierno andaluz” ha concluido.
Por su parte, Rafael Sánchez ha mostrado la necesidad que había de regular las secciones de crédito “porque el mayor enemigo para las cooperativas era no tener regulación”. El responsable de FAECA-Córdoba ha destacado que el nuevo reglamento consensuado y pactado entre las cooperativas y la administración está permitiendo mucha agilidad en las empresas en momentos de crisis “y ha ayudado mucho a conseguir financiación tanto para los socios como para la propia cooperativa”.
Finalmente, Sánchez ha indicado que esta nueva ley deja margen de maniobra evitando cargas burocráticas y siendo un mecanismo ágil. A su vez ha solicitado seguir actuando como asesores en este ámbito con la administración con el objetivo de seguir trabajando en pos del cooperativismo.
Secciones de créditos
De acuerdo con el reglamento, las secciones de crédito limitarán sus operaciones sólo a los socios y deberán contar obligatoriamente con directores o gerentes profesionales. La norma también flexibiliza las condiciones de las operaciones pasivas (los depósitos que realizan los socios), mientras que impone un mayor rigor a las activas (fundamentalmente, los préstamos que se conceden). Las entidades que cuenten con secciones de crédito deberán informar de su actividad a la Administración al menos dos veces al año, y no una como se establece con carácter general.
En el caso de las cooperativas de vivienda, la principal novedad, dirigida a evitar fenómenos especulativos, es la limitación a dos del número de viviendas a las que puede tener derecho un socio.
En consonancia con el objetivo de reforzar la competitividad, se incorpora la regulación del voto plural para las cooperativas de servicios, incluidas las agrarias. De acuerdo con esta fórmula, de carácter voluntario y limitado, cada cooperativista podrá tener hasta un máximo de siete votos en función de su contribución productiva, no del capital aportado.
La representación ponderada se establece por tramos definidos previamente. Con la introducción del voto plural se ajusta la relación entre el interés económico y la capacidad de decisión empresarial de las entidades. Su adopción se realiza por acuerdo de la asamblea general y tras su plasmación en los estatutos.
REDACCIÓN / ANDALUCÍA DIGITAL