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El TSJA rebaja la condena a una mujer que esquilmó la cuenta bancaria de la anciana que cuidaba en Montilla

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha decidido rebajar la condena a una mujer que esquilmó la cuenta bancaria de la anciana que cuidaba en Montilla. Así lo ha notificado hoy la Sección de Apelación Penal del Alto Tribunal Andaluz que, tras estimar "parcialmente" el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la acusada, la condena no obstante a nueve meses de prisión por un delito de administración desleal.


Tal y como se detalla en la sentencia, a la que ha tenido acceso Andalucía Digital, los hechos se remontan al mes de septiembre de 2015, cuando la ahora condenada, vecina de Montilla, acogió en su domicilio a una octogenaria que acababa de enviudar y con la que tenía “relaciones de parentesco lejanas”, con el objetivo de prestarle labores de cuidado y de atención personal.

Tras ello, ambas mujeres acordaron abrir una cuenta en una entidad bancaria para la administración del dinero y del patrimonio de la anciana que, hasta su cancelación en septiembre de 2017, llegó a acumular un saldo de, al menos, 54.669 euros. Sin embargo, en el momento en el que la afectada decidió cancelar la cuenta, el saldo final apenas alcanzaba los nueve euros.

Por este motivo, la administradora del patrimonio de la afectada fue condenada el pasado mes de marzo, como autora criminalmente responsable de un delito de administración desleal, a un año de prisión y a una multa de seis meses, con una cuota diaria de 10 euros, con arresto sustitutorio en caso de impago. A su vez, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba obligó a la acusada a indemnizar a su pariente con la cantidad de 24.568 euros más los intereses.

Frente a esta primera sentencia, la defensa de la acusada interpuso un recurso de apelación por un supuesto “error en la apreciación de la prueba”, así como por vulneración de la presunción constitucional de inocencia y aplicación indebida de varios artículos del Código Penal.

El recurso fue admitido y, finalmente, hoy se ha conocido la sentencia de la Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que aunque rebaja la condena a la acusada a nueve meses de prisión, mantiene “inalterados” los pronunciamientos del fallo anterior en materia de responsabilidad civil y de costas.

J.P. BELLIDO / REDACCIÓN
FOTOGRAFÍA: JOSÉ ANTONIO AGUILAR (ARCHIVO)
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