Desde el Instituto Provincial de Cooperación con la Hacienda Local (ICHL) se ha trasladado a los alcaldes y alcaldesas de la provincia la decisión de demorar la puesta al cobro del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica (IBI Rústico) en el presente ejercicio, estableciéndose como fecha de inicio del periodo voluntario de ingreso el 27 de septiembre y concluyéndose el 28 de noviembre.
Así lo explicó la vicepresidenta del ICHL, Felisa Cañete, quien señaló, además, que “esta revisión del calendario de cobros permite dar respuesta a lo establecido en el Real Decreto-Ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía”.
Cañete hizo referencia a que “entre otras medidas, esta norma contempla la exención del IBI Rústico, correspondiente a 2022, a favor de los inmuebles que reúnan como requisitos el que sean propiedad de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas; que sean afectos al desarrollo de tales explotaciones y que los titulares de las mismas hayan sufrido, en el ejercicio inmediato anterior, pérdidas de ingresos de al menos un 20 por ciento con respecto a los tres últimos años”.
La también vicepresidenta segunda de la Diputación de Córdoba añadió que “la revisión del calendario de puesta al cobro para la liquidación periódica del Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica, permite demorar el pago el tiempo necesario para que los agricultores y ganaderos de la provincia afectados puedan obtener el reconocimiento del derecho fiscal establecido”.
Según Cañete, “de esta forma, las liquidaciones que se van a practicar podrán incluir la aplicación de la exención cuando proceda, evitando con ello la obligación de afrontar el pago del impuesto y solicitar posteriormente la devolución”.
Así lo explicó la vicepresidenta del ICHL, Felisa Cañete, quien señaló, además, que “esta revisión del calendario de cobros permite dar respuesta a lo establecido en el Real Decreto-Ley 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía”.
Cañete hizo referencia a que “entre otras medidas, esta norma contempla la exención del IBI Rústico, correspondiente a 2022, a favor de los inmuebles que reúnan como requisitos el que sean propiedad de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas; que sean afectos al desarrollo de tales explotaciones y que los titulares de las mismas hayan sufrido, en el ejercicio inmediato anterior, pérdidas de ingresos de al menos un 20 por ciento con respecto a los tres últimos años”.
La también vicepresidenta segunda de la Diputación de Córdoba añadió que “la revisión del calendario de puesta al cobro para la liquidación periódica del Impuesto de Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica, permite demorar el pago el tiempo necesario para que los agricultores y ganaderos de la provincia afectados puedan obtener el reconocimiento del derecho fiscal establecido”.
Según Cañete, “de esta forma, las liquidaciones que se van a practicar podrán incluir la aplicación de la exención cuando proceda, evitando con ello la obligación de afrontar el pago del impuesto y solicitar posteriormente la devolución”.
REDACCIÓN / ANDALUCÍA DIGITAL
FOTOGRAFÍA: J.P. BELLIDO
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