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Resolución de la Delegación del Gobierno en Andalucía

Resolución de la Delegación del Gobierno en Andalucía por la que se convoca el levantamiento de actas previas a la ocupación de determinadas fincas afectadas por la construcción de la Infraestructura de evacuación de la Planta Solar Fotovoltaica “Cabra 0” (línea eléctrica subterránea a 30 KV, subestación Cabra Promotores 30/400 KV, línea aérea a 400 KV, y subestación seccionadora Nudo Cabra 400 KV), en los términos municipales de Montemayor, Espejo, Castro del Río y Cabra en la provincia de Córdoba. (PFot-240)


Por Resolución de 25 de abril de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Boletín Oficial del Estado número 130, de 1 de junio de 2023), se otorgó a Nueva Era Solar M&D IV S.L., autorización administrativa previa para la instalación solar fotovoltaica “Cabra 0”, de 226,44 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Montemayor, Espejo, Castro del Río y Cabra, en la provincia de Córdoba.

Por Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, (Boletín Oficial del Estado número 70, de 20 de marzo de 2024) se otorgó a Nueva Era Solar M&D IV S.L., autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación solar fotovoltaica “Cabra 0”, de 226,44 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Montemayor, Espejo, Castro del Río y Cabra, en la provincia de Córdoba.

Por Resolución de 3 de octubre de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (publicada en Boletín Oficial del Estado núm. 279, de 19 de noviembre de 2024 y Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 203 de 21 de octubre de 2024) se declaró, en concreto, la utilidad pública de la Línea eléctrica subterránea a 30 kV, de la subestación Cabra Promotores 30/400 kV, de la línea aérea a 400 kV y de la subestación seccionadora Nudo Cabra 400kV para la evacuación de la instalación fotovoltaica FV “Cabra 0”, en los términos municipales de Montemayor, Espejo, Castro del Río y Cabra en la provincia de Córdoba.

Dicha declaración de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley 24/ 2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 149.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, lleva implícita en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

En cumplimiento y ejecución del citado artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, esta Delegación del Gobierno ha resuelto convocar a los propietarios y titulares de los bienes y derechos afectados cuya relación concreta e individualizada se acompaña a la presente, para que el día, lugar y hora que en la misma se expresa comparezcan en el Ayuntamiento que se indica, en cuyo municipio radican las fincas afectadas, como punto de reunión, para llevar a cabo, de conformidad con el procedimiento que establece el precitado artículo 52, el levantamiento de las actas previas a la ocupación y, si procediera, las de ocupación definitiva.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, y en el artículo 149.2 del Real Decreto 1955/2000, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualesquiera derechos e intereses sobre los bienes afectados, deberán acudir personalmente o representados por personas debidamente autorizadas, aportando el Documento Nacional de Identidad, los documentos acreditativos de su titularidad (Nota Simple o Escritura pública) y el último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiéndose acompañar, a su costa, de Perito y Notario, si lo estiman oportuno.

La Resolución de levantamiento de actas previas a la ocupación figurará en el tablón de edictos de los Ayuntamientos en cuyo término municipal se halla la finca y se comunicará a cada interesado mediante la oportuna cédula de citación, significándose que la presente publicación se realiza, igualmente, a los efectos previstos en el art. 44 de la Ley 39/ 2015 de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para la notificación de la presente Resolución en los casos de titular desconocido, domicilio ignorado o aquéllos en los que intentada la notificación no haya podido practicarse.

Asimismo, y de acuerdo con el artículo 56.2 del vigente Reglamento de Expropiación Forzosa, los titulares y demás interesados podrán formular, ante el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba, cuantas alegaciones estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar los posibles errores que se hayan podido cometer al relacionar los bienes y derechos afectados, en la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba, sita en la Plaza de la Constitución nº 1, 14071 Córdoba, en las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como a través del Registro Electrónico de la Administración General del Estado: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do código de órgano de destino EA0040210- Subdelegación del Gobierno en Córdoba - Área Funcional de Industria y Energía. Oficina de servicio: O00006375 – Registro General de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba.

En el expediente expropiatorio, la empresa Nueva Era Solar M&D IV S.L. asume la condición de entidad beneficiaria. Las características y demás datos de las afecciones y convocatoria son las que figuran en el anexo adjunto.

EL DELEGADO DEL GOBIERNO,
D. Pedro Fernández Peñalver


Anexo I


Relación de Bienes y Derechos afectados para la línea eléctrica subterránea 30 kV, de evacuación de energía de generación de la planta fotovoltaica “Cabra 0”


Anexo II


Relación de Bienes y Derechos Afectos por el Proyecto denominado “línea eléctrica aérea 400 KV, de evacuación de energía de generación con conexión en la subestación Cabra 400KV”

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